José Rivera
Tonalá, 6 de abril de 2016, La Cámara de
Diputados aprobó reformas al Código Civil, a fin de establecer que para
contraer matrimonio tanto el hombre como la mujer deberán haber cumplido la
mayoría de edad, es decir, 18 años, esto con la finalidad preservar los derechos
humanos, así lo dio a conocer la Lic. Leticia Manzo Sánchez, Titular del
registro civil oficialía 02.
Quien además dijo, los interesados en
contraer matrimonio deberán presentar, como ya se establece, acta de nacimiento
original y una identificación oficial vigente que lo acredite y que son
impedimentos para dicha acción, la amenaza, la coerción y la violencia, en caso
de no contar con la mayoría de edad deberán acudir al juzgado civil a tramitar
una dispensa de edad.
Las bodas por lo civil han aumentado pues
esto le da certeza legal a la familia además de resultar más económico que un
enlace religioso, los trámites necesarios para celebrar un matrimonio civil son
sencillos. Aun así, hay que presentar diversos documentos, por lo que conviene
que se realicen con la suficiente antelación a la fecha deseada para casarse.
Es justamente que a través de la ley del
Código Civil se observa al matrimonio como un requisito para poder proteger y
reconocer los derechos y obligaciones de estos, El costo de una boda civil
varía dependiendo del lugar donde se celebre, Si esta se realiza
dentro del registro civil tendrá un costo oficial.
Se recomienda a los padres de familia
platicar mucho con los hijos sobre la responsabilidad del matrimonio, pues
muchos llegan a ser jefes de familia y viven en el error, Aunque cumplir los 18
años de edad no constituye garantía absoluta de éxito matrimonial, permite
presuponer una mayor madurez de la pareja para afrontar la vida común.
Leticia Manzo, También dijo que en el registro
civil la ciudadanía puede realizar trámites de actas de nacimiento del
cualquier estado de la república y para ello deben de hacer trámites muy
sencillos.
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