José Rivera
Que se aplique y se respete por parte de los tortilleros y que se sujeten en turno el reglamento de establecimientos productores de la masa y la tortilla y molinos de nixtamal del municipio de Pijijiapan.
Este fue el llamado que hizo Areli Morales Hernández, presidente de los industriales de la masa y la tortilla de este municipio, quien señalo que a casi dos meses de que fuera publicado en el periódico oficial del estado este reglamento, en el municipio aun no se pone en practica por la autoridad de salud correspondiente
Morales Hernández dijo que de acuerdo con la publicación número 1532-A-2010, el reglamento de establecimientos señala en sus artículos 39 y 40 de las prohibiciones los propietarios o encargados de molinos y tortillerías.
El líder tortillero dijo que del artículo 39 señala que quedan impedidos a los encargados de molinos y tortillerías realizar su actividad fuera del establecimiento, realizar cambio de domicilio sin previa autorización correspondiente, establecer sus locales en cocheras, patios y pasillos, además se prohíbe la venta de tortilla fuera del establecimiento.
Entre tanto agrego que el artículo 40 es muy especifico al señalar que únicamente se permitirá una motocicleta para la venta de tortillas de maíz y sus derivados fuera de sus establecimientos, esto, solo para tortillerías que se encuentren con licencias de funcionamiento vigentes.
Dijo que según este precepto, toda tortillería que desee vender fuera de sus establecimiento, deberá por lo menos cubrir cinco requisitos; estos son: presentar una solicitud a la presidencia municipal donde notifique que cuenta con todos sus documentos en regla, la motoneta o motocicleta que sea autorizada, deberá contar con la razón social del establecimiento al que pertenece, el conductor deberá contar con licencia de manejo y casco para su seguridad, además debe estar dado de alta en el IMSS, así como el producto que vende deberá apegarse a los requisitos que establece la NOM-187-SSA1/SCFI1-2002, expedida por la secretaria de salud.
Que se aplique y se respete por parte de los tortilleros y que se sujeten en turno el reglamento de establecimientos productores de la masa y la tortilla y molinos de nixtamal del municipio de Pijijiapan.
Este fue el llamado que hizo Areli Morales Hernández, presidente de los industriales de la masa y la tortilla de este municipio, quien señalo que a casi dos meses de que fuera publicado en el periódico oficial del estado este reglamento, en el municipio aun no se pone en practica por la autoridad de salud correspondiente
Morales Hernández dijo que de acuerdo con la publicación número 1532-A-2010, el reglamento de establecimientos señala en sus artículos 39 y 40 de las prohibiciones los propietarios o encargados de molinos y tortillerías.
El líder tortillero dijo que del artículo 39 señala que quedan impedidos a los encargados de molinos y tortillerías realizar su actividad fuera del establecimiento, realizar cambio de domicilio sin previa autorización correspondiente, establecer sus locales en cocheras, patios y pasillos, además se prohíbe la venta de tortilla fuera del establecimiento.
Entre tanto agrego que el artículo 40 es muy especifico al señalar que únicamente se permitirá una motocicleta para la venta de tortillas de maíz y sus derivados fuera de sus establecimientos, esto, solo para tortillerías que se encuentren con licencias de funcionamiento vigentes.
Dijo que según este precepto, toda tortillería que desee vender fuera de sus establecimiento, deberá por lo menos cubrir cinco requisitos; estos son: presentar una solicitud a la presidencia municipal donde notifique que cuenta con todos sus documentos en regla, la motoneta o motocicleta que sea autorizada, deberá contar con la razón social del establecimiento al que pertenece, el conductor deberá contar con licencia de manejo y casco para su seguridad, además debe estar dado de alta en el IMSS, así como el producto que vende deberá apegarse a los requisitos que establece la NOM-187-SSA1/SCFI1-2002, expedida por la secretaria de salud.
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